ETAPAS PROCESALES PARA LA NULIDAD DE RESOLUCION ADMINISTRATIVA EXPEDIDA POR ENTIDAD PÚBLICA
Se interpone la demanda contenciosa administrativa contra los representantes de la Sede Administrativa Pública.
Es importante detallar los hechos de manera pormenorizada y clara.
La demanda es admitida por el Juzgado competente en la vía especial y notificada a las partes.
El Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Entidad pública se apersona al proceso y cumple con absolver el traslado de la demanda.
El Juzgado formaliza el auto de saneamiento procediéndose a fijar los puntos controvertidos del proceso, prescindiéndose de la audiencia de pruebas y se dispone remitir los autos al Ministerio Público a fin de que emita el dictamen correspondiente.
El Fiscal Provincial emite el Dictamen Fiscal y el mismo se pone a conocimiento de las partes.
Después de todas estas etapas procesales la causa se encuentra expedita para emitir Sentencia.